La pena o castigo para el delito básico de robo es la prevista en el artículo 240: El culpable de robo con fuerza en las cosas será castigado con la pena de prisión de uno a tres años. Cuando el robo se cometa utilizando violencia o intimidación en las personas, las penas serán las previstas en el art.242.
Hay que partir del hecho de que existe un tipo básico del delito de robo, así como tipos agravados y atenuados del mismo, en consecuencia la pena se improndrá proporcionalmente a la gravedad o poca entidad del delito.